Sanciones en materia ambiental
Sanciones en materia ambiental
Se inició expediente sancionador por la gestión de vehículos al final de su vida útil (Desguace), sin AUTORIZACION AMBIENTAL UNIFICADA (AAU).
El cliente recibe notificación de la administración autonómica competente en materia de medio ambiente, informándole de la incoación de expediente sancionador por la comisión de una infracción grave sancionada con multa de 60.000 €.
Requerido por el cliente para intentar rebajar o evitar la imposición de la sanción, actuamos de la siguiente forma:
En primer lugar, siempre solicitamos autorización del cliente para actuar en su nombre en el expediente de referencia.
Luego pedimos copia completa del expediente sancionador, al objeto de examinar todas las actuaciones previas que forman parte de la instrucción determinantes de la procedencia o no de iniciar expediente sancionador.
Y le pedimos al cliente cuanta documentación obre en su poder acerca de todos los escritos presentados a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente, para conocer las actuaciones realizadas por el particular en defensa de sus intereses.
Una vez estudiada la documentación obrante en nuestro poder, observamos que el cliente disponía de licencia de actividad y calificación ambiental antes de la entrada en vigor de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de Calidad Ambiental, por lo que ,presentamos escrito de alegaciones en este sentido:
Alegamos que, en el momento de los hechos denunciados, esto es cuando SEPRONA acude al establecimiento y levanta acta de lo que allí observa, sí se disponía de la citada Autorización, conocida como AAU virtual, de conformidad con la Disposición Transitoria 6ª de la ley 7/2007 que dice “Las actuaciones sometidas a autorización ambiental unificada que a la entrada en vigor de la presente ley estén legalmente en funcionamiento, se entenderá que cuentan con la misma”.
Luego si mi cliente contaba en el momento de entrada en vigor de la citada ley con licencia de actividad, se entiende con arreglo a la DT 6ª citada que sí contaba con AAU, (virtual), por lo que no se da el hecho constitutivo de infracción que da lugar a la sanción impuesta.
De este modo evitamos la imposición de la citada sanción, con resultado de archivo del expediente sancionador.
Sanciones en materia ambiental
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